13/11/2008

¿Aquagest versus Emalsa?

Exigirá la aplicación inmediata de la sentencia del TSJC para gestionar el agua en la Santa Brígida

Aquagest, especialista en la gestión del ciclo integral del agua perteneciente a Agbar, exigirá la inmediata aplicación de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) hecha pública y que le da la razón en su pleito, de más de 15 años, por la adjudicación, a Unelco-SAUR, del concurso para la adquisición de un 66 por ciento de las acciones de Emalsa, la empresa que gestiona el ciclo integral del agua en los municipios de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Brígida.

Según un comunicado de prensa de la propia empresa, la sala del Tribunal estima que Aquagest es la empresa que debe gestionar el suministro y, por lo tanto, ha resuelto rescindir el contrato que estaba en vigor y declara el derecho de Aquagest de ser la adjudicataria.

El contrato dio comienzo mediante un concurso público de méritos para la selección de los adquirentes de acciones de Emalsa, en julio de 1992. Emalsa era la empresa pública que gestionaba el suministro de agua y el saneamiento en Las Palmas de Gran Canaria y al concurso se presentaron tres ofertas, provenientes de Aquagest, Unelco-SAUR y Cía. Gral. de Aguas de España.

En enero de 1993, la comisión de contratación encargó a una comisión técnica la redacción de un informe que valorara las ofertas conforme a los criterios del pliego. “El informe consideraba a Aquagest como la oferta más ventajosa, a gran distancia de las otras dos. Con posterioridad, se solicitó del ingeniero municipal, a su vez coordinador de la Comisión Técnica, que emitiera un informe complementario, un procedimiento atípico”, expone.

Basándose en su informe complementario, el Pleno municipal acordó, el 22 de marzo de 1993, la adjudicación de las acciones a favor de Unelco-SAUR. Aquagest recurrió el acuerdo plenario y la sentencia, sin entrar en el fondo de la cuestión, anuló la adjudicación por el defecto formal de la inexistencia del preceptivo informe económico del interventor municipal.

A consecuencia de esta sentencia, el Ayuntamiento tuvo que retrotraer el expediente al momento previo a la adjudicación, subsanó el defecto formal y resolvió, mediante acuerdo plenario del 26 de octubre de 2001, adjudicar nuevamente el concurso a la oferta formada por Unelco, SA (cuya posición ocupa ahora Valoriza, S.A., del Grupo Sacyr) y SAUR, S.A.

Este acuerdo fue también recurrido por Aquagest, al considerar que los informes técnicos no reflejaban la mayor ventaja de su oferta para el consistorio. Finalmente, este recurso ha sido estimado íntegramente por la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en fecha 7 de noviembre de 2008, al hacer suyos los hechos expuestos por Aquagest.

Los informes periciales (económico y técnico) emitidos por los peritos judiciales a requerimiento del Tribunal Superior de Justicia de Canarias “son contundentes”, explica el escrito.

El informe pericial económico, emitido por el catedrático de Economía de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, concluye que “la oferta óptima para el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria es la propuesta por el licitador Aquagest”. El informe pericial técnico destaca asimismo que “la oferta más ventajosa para los intereses públicos municipales es la de la compañía licitadora Aquagest”.

Basándose en esta información, la sala ha resuelto anular la adjudicación del concurso a Unelco, S.A. y SAUR, S.A. Concretamente, declara que el acuerdo del pleno fue “contrario a derecho” ya que no sólo adjudicó el concurso a una oferta “que no era la más ventajosa para los intereses públicos” sino que “era manifiestamente perjudicial para el interés general”. Además, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en sentencia ejecutable inmediatamente, reconoce el derecho de Aquagest a ser la adjudicataria del concurso.

ACN Press

 

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